Sucesos

Condenado a 4 años y medio por grabar vídeo sexual sin consentimiento

El tribunal impone indemnización de 10.200 euros a la víctima

Miércoles 12 de febrero de 2025

Un hombre ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión por la Audiencia Provincial de Almería tras grabar un vídeo sexual con el teléfono móvil de una mujer. En la grabación, se masturbaba frente a ella mientras ella dormía sin su conocimiento, y posteriormente publicó el contenido en las redes sociales de la víctima.

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El tribunal ha dictado un fallo firme que condena al acusado a un año de prisión por el delito de agresión sexual, tras su reconocimiento de los hechos. La víctima, que se encontraba desnuda y cubierta solo con una toalla, fue tocada por él. Además, se le impone una pena de tres años y medio de cárcel por el delito de descubrimiento y revelación de secretos debido a la difusión del clip.

El fallo indica que los hechos ocurrieron en la madrugada del 21 de julio de 2023. En ese momento, el hombre se presentó en el domicilio de la víctima, donde ella desempeñaba su labor como cuidadora, alegando que iba a llevarle comida.

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El acusado se mantuvo en la vivienda sin que la mujer tuviera conocimiento de su presencia. En este contexto, esperó a que la perjudicada cayera en un sueño profundo para ingresar a su habitación, donde tomó su teléfono móvil y, aprovechando que ella estaba "profundamente dormida", se grabó mientras se masturbaba sobre ella.

El teléfono fue manipulado por el hombre, quien había grabado un vídeo con el propósito de publicarlo en las redes sociales de la víctima, lo que permitió que sus familiares pudieran ver la grabación. Además, este individuo realizó tocamientos a la mujer e incluso le causó un hematoma con su boca.

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El condenado no solo enfrentará penas privativas de libertad, sino que también tendrá prohibido comunicarse o acercarse a la mujer durante un periodo de tres años. Esto se debe a que contará con cinco años de libertad vigilada y diez años de inhabilitación para cualquier profesión, oficio o actividad que implique contacto con menores.

La patria potestad se suspende por un período de siete años, ya que el tribunal de la Sección Tercera ordena el pago de una indemnización de 10.200 euros en favor de la víctima.

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