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TSJA absuelve a dos acusados de violación en Roquetas de Mar

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revoca la condena de 10 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería al considerar que el testimonio de la denunciante presenta contradicciones

Ana Rodríguez | Jueves 13 de febrero de 2025

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a dos hombres que fueron condenados por la Audiencia Provincial de Almería a 10 años de prisión cada uno por un delito de violación ocurrido en Roquetas de Mar el 1 de enero de 2020. La sentencia, dictada el pasado 23 de enero, considera que el testimonio de la denunciante presenta "enormes contradicciones e incongruencias" que impiden sostener una condena con las garantías exigidas por el derecho penal.

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería había condenado a A. M. B. y O. S. el 20 de noviembre de 2023 por considerar probado que, tras conocer a la denunciante en una cafetería, la llevaron a la vivienda de uno de ellos, donde la forzaron a mantener relaciones sexuales en contra de su voluntad. Según la primera sentencia, los acusados aprovecharon que la mujer había consumido alcohol y drogas para someterla, causándole lesiones que tardaron cinco días en curar.

Sin embargo, tras el recurso presentado por las defensas de los condenados, el TSJA ha revisado la valoración de las pruebas y ha concluido que la denuncia carece de la consistencia necesaria para mantener la condena. La sentencia absolutoria destaca que el testimonio de la mujer ha cambiado en varias ocasiones a lo largo del proceso y que las lesiones que presentaba no constituyen una prueba suficiente de que los hechos ocurrieran como ella los relató.

Las claves de la absolución

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El TSJA basa su fallo en varios puntos clave:

  • Contradicciones en el testimonio: La denunciante ofreció versiones diferentes sobre cómo llegó a la casa de los acusados. En un primer momento afirmó que fue forzada a subir a un taxi con ellos, pero luego admitió que había estado con uno de los acusados en su propia vivienda antes de trasladarse voluntariamente a la casa de A. M. B.

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    Dudas sobre la violencia empleada: Aunque la mujer presentaba algunas lesiones, la sentencia señala que estas son compatibles con relaciones sexuales consentidas y prolongadas, especialmente considerando el consumo de alcohol y cocaína.

  • Falta de pruebas concluyentes: El tribunal subraya que la presencia de restos biológicos de los acusados en el cuerpo de la denunciante solo demuestra que hubo relaciones sexuales, pero no que estas fueran forzadas.

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    La conducta posterior de la denunciante: Uno de los aspectos más cuestionados por la defensa y recogidos por el TSJA es el hecho de que la mujer invitara a uno de los acusados a su casa tras la supuesta agresión. Posteriormente, lo dejó encerrado en la vivienda, lo que llevó al acusado a saltar por una ventana para huir, sufriendo lesiones por la caída.

  • Consecuencias y reacciones

    La absolución de los dos acusados ha generado debate. Desde la Fiscalía se había defendido la validez del testimonio de la víctima y se solicitó la confirmación de la condena, argumentando que existían pruebas suficientes para acreditar la agresión. Sin embargo, el TSJA ha considerado que, en un caso donde la única prueba directa es la declaración de la denunciante, las contradicciones detectadas generan una duda razonable que obliga a aplicar el principio de presunción de inocencia.

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    La resolución puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo en un plazo de cinco días. Mientras tanto, la sentencia absolutoria ya ha sido notificada a las partes y ha puesto fin, por el momento, a un proceso judicial que comenzó hace más de cuatro años.

    Este caso reabre el debate sobre la valoración de la prueba en delitos sexuales y la complejidad de dictar sentencia en casos donde las versiones de la víctima y los acusados son contrapuestas.

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