Sucesos

Absuelto de agresión sexual por dudas pero condenado por lesiones

Ana Rodríguez | Viernes 21 de febrero de 2025

El Tribunal Superior de Andalucía ha decidido absolver a Assane T. del cargo de agresión sexual debido a la falta de pruebas concluyentes, aunque ha mantenido su condena por lesiones graves. Esta sentencia revoca parcialmente la condena inicial de 13 años por agresión sexual, aplicando el principio "in dubio pro reo", pero ratifica los 4 años de prisión impuestos por las lesiones que dejaron a la víctima en estado crítico.

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Los hechos que dieron origen al caso ocurrieron el 23 de mayo de 2022 en una vivienda ocupada ilegalmente en Roquetas de Mar, Almería. Según la sentencia original, Assane T. golpeó con una estaca de madera a M. E. R., causándole lesiones severas, incluyendo fracturas faciales y traumatismo craneoencefálico, lo que requirió cirugía y una hospitalización prolongada. En junio de 2024, la Audiencia Provincial de Almería había condenado a Assane T. a 13 años por agresión sexual y a 4 años por lesiones, además de imponerle indemnizaciones que ascendían a 113.170 euros, así como prohibiciones de acercamiento a la víctima y expulsión del país tras cumplir su condena.

La defensa apeló esta decisión argumentando que no existían pruebas suficientes para confirmar la agresión sexual y sugiriendo que cualquier relación pudo haber sido consensuada, con la violencia física ocurriendo posteriormente sin un motivo claro. El Tribunal Superior analizó las pruebas presentadas y encontró inconsistencias en el relato original, destacando aspectos como la falta de recuerdo por parte de la víctima debido al trauma sufrido, las pruebas forenses ambiguas que no demostraban claramente la falta de consentimiento y testimonios contradictorios que no corroboraban una coacción previa a los golpes.

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El tribunal subrayó que el principio *in dubio pro reo* obliga a absolver ante la duda sobre la culpabilidad del acusado, señalando que no se pudo probar más allá de toda duda razonable la secuencia entre violencia y agresión sexual. Como resultado, se anuló la condena por agresión sexual y se eliminó también la inhabilitación absoluta asociada a este cargo. Sin embargo, se mantuvieron los cuatro años de prisión por lesiones graves junto con una prohibición de acercamiento a la víctima durante ocho años y la expulsión del territorio español.

En cuanto a las indemnizaciones, se revocaron los 90.000 euros por daño moral pero se mantuvieron los 23.170 euros correspondientes a las lesiones físicas. Además, Assane T. deberá hacerse cargo de las costas procesales generadas en ambas instancias. La fiscalía y la acusación particular tienen ahora la opción de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo; mientras tanto, Assane T. cumplirá su condena por lesiones, aunque su situación legal ha cambiado significativamente tras esta absolución parcial.

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