Un juzgado de lo Social en Almería ha reconocido recientemente la incapacidad permanente total a una trabajadora administrativa que sufre desde hace años un trastorno de ansiedad generalizada con agorafobia y episodios recurrentes de pánico. La resolución supone un importante respaldo judicial frente a la negativa inicial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que consideró que sus dolencias no le impedían trabajar.
Durante el juicio, quedó demostrado que la situación de la afectada era clínica y funcionalmente incapacitante. A pesar de haber seguido diversos tratamientos farmacológicos y psicológicos, no se logró una evolución favorable ni una recuperación suficiente que le permitiera desarrollar su actividad habitual con un mínimo de eficacia, continuidad y estabilidad emocional.
La trabajadora desempeñaba tareas de atención al público, gestión de documentación y coordinación interna. Sin embargo, sus síntomas la obligaban a ausentarse con frecuencia, sufría bloqueos en su entorno laboral y presentaba dificultades serias para mantener la concentración y el ritmo de trabajo. En palabras de su abogada, Andrea Fernández, especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social, “se trataba de una persona absolutamente comprometida con su empleo, pero que llevaba tiempo luchando contra una enfermedad devastadora, con recaídas frecuentes y pérdida progresiva de autonomía en entornos exigentes”.
El fallo reconoce que, si bien la trabajadora podría teóricamente realizar otro tipo de actividad más liviana, su actual estado psíquico no le permite afrontar ningún empleo en condiciones reales de constancia, responsabilidad o exposición social. Por tanto, declara su incapacidad permanente total para su profesión habitual y le concede una pensión del 55 % de su base reguladora, con efectos retroactivos desde la fecha de resolución del INSS.
Este caso vuelve a poner sobre la mesa una realidad todavía poco visibilizada en el ámbito jurídico: las enfermedades mentales, aunque cada vez más reconocidas socialmente, siguen encontrando obstáculos a la hora de ser evaluadas como causa de incapacidad laboral. El miedo al estigma, la falta de comprensión sobre los síntomas y la dificultad para acreditar objetivamente sus efectos reales hacen que muchas personas queden desprotegidas, incluso con diagnósticos claros y tratamientos prolongados.
Por eso, desde el despacho Toro Abogados, con experiencia en cientos de procedimientos similares, subrayan la importancia de acompañar a los afectados desde el primer momento con asesoramiento técnico y jurídico adecuado. “Cuando el diagnóstico existe, pero la administración no reconoce la situación real del trabajador, solo queda acudir a los tribunales”, explica Fernández. “Y es ahí donde el trabajo jurídico serio, bien documentado y con criterio clínico, puede marcar la diferencia entre seguir luchando sin recursos o lograr un mínimo de estabilidad vital”.
La sentencia es también un ejemplo del cambio paulatino que se está produciendo en los tribunales en relación con las enfermedades invisibles. Lejos de considerar únicamente las limitaciones físicas evidentes, cada vez más jueces valoran el sufrimiento psíquico y su impacto real en la empleabilidad. Se empieza a consolidar así una visión más amplia del concepto de incapacidad, más justa y adaptada a los tiempos actuales.
Contar con el apoyo de abogados de incapacidad permanente es, en este contexto, fundamental para que los derechos no se pierdan en trámites administrativos o valoraciones genéricas. En este caso, la trabajadora no solo ha logrado el reconocimiento de su situación, sino también una vía para recuperar la dignidad personal que muchas veces se ve mermada cuando no se reconocen enfermedades como la suya.
El INSS todavía podría interponer recurso, pero desde el entorno de la trabajadora se muestran satisfechos por lo conseguido. Mientras tanto, ella ya ha comenzado a percibir la prestación correspondiente y continúa con el tratamiento médico, con la tranquilidad de haber dado un paso decisivo hacia una vida más estable.