Nueva victoria judicial del Ayuntamiento al que reclamaban el pago de 2,5 millones por la permuta de suelos
jueves 25 de abril de 2019, 20:46h
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El fallo judicial rechaza la demanda de la mercantil PRIMPOMOSA, reconociendo que la formalización de la permuta quedó frustrada al no hacer frente al pago del IVA, como parte de las obligaciones contractuales de la empresa
La Audiencia Provincial de Almería ha desestimado el recurso de apelación presentado por la empresa PRIMPOMOSA contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Almería, favorable al Ayuntamiento, solicitando el pago de algo más de 2,5 millones de euros respecto al cumplimiento del contrato de una permuta de suelo aprobado en pleno, en diciembre de 2006.
La demanda presentada contra el Ayuntamiento, rechazada de nuevo ahora en segunda instancia, refiere a los acuerdos suscritos entre ambas partes para la obtención, por parte del Ayuntamiento, de la finca propiedad de PRIMPOMOSA ubicada en el antiguo recinto ferial, con una superficie de 7.755 m2 y calificada como sistema general de espacios libres.
La reclamación monetaria de la demandante contra el Ayuntamiento, de algo más de 2,5 millones de euros, fue rechazada por el juzgado de primera instancia entendiendo que, por parte de PRIMPOMOSA, se habían incumplido parte de las obligaciones suscritas en el acuerdo con el consistorio, reconociendo que en ningún caso se ha materializado la permuta, que efectivamente tramitó el Ayuntamiento a instancia de la parte demandante.
Para ello, el acuerdo con la mercantil establecía el pago, en concepto de IVA, de la cantidad de 412.486 euros, cuantía que en ningún caso fue ingresada. Dicho importe volvió a ser requerido en 2008 como paso previo a la firma de la correspondiente escritura y formalización de la permuta, “frustrada por la actitud de la demandante al no hacer frente al pago del IVA”, como se recoge en la sentencia.
El auto de la Audiencia recoge igualmente que el Ayuntamiento “no puede obtener hoy unos terrenos aplicándose un valor de 2006”, entendiendo que las valoraciones pierden vigencia máxime cuando estos suelos se obtendrían mediante una permuta, al tiempo que recuerda que el consistorio debe someterse a la norma urbanística que establece que la forma de obtener esos terrenos, calificados en el PGOU vigente como Sistema General de Espacios Libres, será a través de la compensación de aprovechamientos.
La Audiencia insiste en su auto en que “a crisis contractual tiene su origen en un incumplimiento previo de la actora (PRIMPOMOSA), “que no aprovechó la oportunidad de verificar un negocio redondo de más de dos millones de euros en el año 2006, en plena ebullición del mercado inmobiliario”, no pudiendo obtener un importe similar en las actuales condiciones del mercado.
La portavoz del Equipo de Gobierno, María Vázquez, ha mostrado su “satisfacción” por esta nueva sentencia favorable a los intereses municipales, que incluye la imposición de costas a la recurrente, y que viene a sumarse en el plazo de apenas dos semanas a la sentencia favorable rechazando la reclamación de más de 30 millones de euros de Predios del Sureste al Ayuntamiento en concepto de daños y perjuicios.