El coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Almería habría realizado un trato discriminatorio cuando firmó un informe para condecorar a quienes participaron en la operación Heracles, que investigaba el caso ERE —en la que han sido condenados los expresidentes socialistas de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán entre otros— y que a juicio de la Audiencia Nacional, no aclara “el porqué el teniente no es merecedor de Cruz alguna y sí lo es el guardia (…) , o los guardias (…) y (…) que, a primera vista, no tienen más méritos que el teniente”.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Noticias de Almería, el objeto del pleito es la orden del ministro del Interior, de fecha de 18 de diciembre de 2021, por la que se concede la Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil, en las categorías que se indican, al personal que se relaciona, publicada en el Boletín Oficial de la Guardia Civil (BOGC) núm. 2, de 11 de enero de 2022.
La pretensión del teniente denunciante es que se le incluya en dicha Orden, en el sentido de concederle "la Cruz de Plata de la Orden del Mérito de la Guardia Civil, o subsidiariamente la Cruz Orden del Mérito de la Guardia Civil; o subsidiariamente se reconozca el derecho del recurrente a que por la directora general de la Guardia Civil, se eleve al ministro del Interior la propuesta de concesión de la Cruz de Plata del Mérito a la Guardia civil o subsidiariamente la Cruz al Mérito de la Guardia Civil con distintivo blanco".
Las condecoraciones, como hemos señalado se tienen concedidas traen causa de la operación "HERACLES-ALMERÍA", en relación con el caso de los ERE de la Junta de Andalucía. En dicha operación participó el equipo de Delincuencia Económica de la U.O.P.J. de la Comandancia de la Guardia Civil de Almería.
Con el fin de proceder al otorgamiento de las condecoraciones, se instruyó un expediente por orden de la directora general de la Guardia Civil, con ocasión del parte de servicio de 15 de julio de 2020 y la propuesta inicial de condecoración formulados por el coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Almería.
“Si bien se mira, fue el informe del coronel jefe de la Comandancia de Guardia Civil de Almería y su propuesta de condecoraciones la que fructificó, puesto que fue asumida y aportada, sin más, por los generales que intervinieron posteriormente en el expediente hasta llegar a la orden de la ministra” se detalla, aclarando que “precisamente, en esa propuesta e informe del coronel jefe de la Comandancia de Guardia Civil de Almería donde se encuentran los vicios denunciados por el actor: arbitrariedad y tratamiento desigual, que por inercia fueron arrastrados hasta la resolución aquí impugnada”.
Según el denunciante, él participó de forma directa en cinco expedientes en calidad de instructor, ya fueran como atestado o como informe, sin perjuicio de su también participación directa en el resto de todos los expedientes asignados para investigación, los cuales tuvo que estudiar y definir la estrategia de investigación con carácter previo a su encomienda a otros componentes del grupo operativo (ahora condecorados) para que actuaran en calidad de instructores y/o secretarios. Precisamente consta en el parte de servicio del teniente, que tuvo que "establecer las líneas estratégicas de investigación en todos y cada uno de los expedientes asignados" así como para "la supervisión de la instrucción del resto de las diligencias policiales, dando para ello las pautas e indicaciones oportunas al resto de instructores y secretarios".
En esa misma línea, el teniente denunciante asegura que “A la vista de los anteriores términos de comparación, resulta incomprensible -porque ninguna explicación se ha dado al respecto- que al actor no se le haya otorgado la concesión de cruz alguna cuando, a primera vista, parece acumular más méritos para ello que los agentes a quienes sí se les concedió”.
La abogada del Estado trajo a colación, en el acto del juicio, alguna resolución judicial para afirmar que "la Administración ha de expresar las razones por la que concede un distintivo, pero no por las que no concede otro". “En tan lapidaria frase parece no haberse tenido en cuenta que los méritos del teniente aparecen clamorosamente en el informe que sirvió de base para la instrucción y resolución del expediente; y, una cosa es que el otorgamiento de las condecoraciones tenga carácter discrecional y otra bien distinta es que, ante un informe como el que tenemos ocasión de revisar, se actúe de forma arbitraria sin dar la más mínima explicación (valoración) de porqué el teniente (actor), pese a tener a primera vista más méritos que otros de los condecorados, no ha sido propuesto para ninguna condecoración” afirma el denunciante.
En ese sentido señala que “A mi juicio, la actuación del coronel jefe de la Comandancia de Almería arrastrada por inercia durante el resto del expediente hasta la resolución final no puede ser aceptada sin más, por su propia autoridad y sin haber efectuado una valoración expresa y comparativa de los méritos del actor para que se pueda comprender su exclusión como uno de los condecorados”.
“A tenor de lo expuesto, cabe concluir que el expediente no se ha tramitado con arreglo a derecho. Se aprecia arbitrariedad (falta de una mínima motivación) y trato desigual. Y ello, porque el informe del coronel jefe de la Comandancia de Almería, tras constatar los méritos del actor en la operación "HERACLES-ALMERÍA", con una manifiesta apariencia de ser superiores a los de otros guardias condecorados, no los valoró de forma motivada, como le era exigible. Aceptar que deba prevaler la libérrima voluntad (sin la más mínima explicación) del proponente de las condecoraciones, sería un flaco favor al Estado de derecho y a la propia excelencia y prestigio de las cruces de la Orden del Mérito de la Guardia Civil” añadiéndose que “Se trata de un quebrantamiento en la tramitación del expediente y, por ello, la solución que debemos adoptar es la retroacción de actuaciones al momento en que se produjo la falta”.
Por todo esto, la Audiencia Nacional “estima parcialmente la demanda” y en consecuencia, “ordeno retrotraer la instrucción del expediente que nos ocupa, solo en lo relativo al actor, para que, por el coronel jefe de la Comandancia de Almería, o por quien corresponda, emita informe propuesta razonando y explicando con libertad de criterio la inclusión o exclusión del actor entre los merecedores de condecoración por su intervención en la operación "HERACLES-ALMERÍA", siguiendo con posterioridad el expediente su tramitación con arreglo a derecho”.