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Un centro de rehabilitación de toxicómanos les explotaba en un negocio ilegal
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Un centro de rehabilitación de toxicómanos les explotaba en un negocio ilegal

sábado 30 de enero de 2021, 19:26h

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Su responsable, que ha sido condenado, había tejido un entramado que llegaba a su centro de Almería

El presidente de la Asociación sin ánimo de Lucro "Centro de Rehabilitación de toxicómanos y marginales" RETOMAR así como del Centro de la localidad vallisoletana de Mojados ha sido condenado a siete años de prisión por explotar a los internos mediante un negocio que también era ilegal, y del que había una conexión en la provincia de Almería.

Así, según la sentencia conocida por Noticias de Almería, aunque la finalidad era la de reinserción de personas toxicómanas y marginales, desde el año 2012, se ha dedicado a la captación, en comedores sociales y centros asistenciales de personas en situación de necesidad, de marginalidad extrema, ya sea por su falta de recursos para subsistir o por su adicción a drogas o alcohol, bajo la promesa de llevar a cabo su rehabilitación personal y social con una completa asistencia. Fruto de esta actuación, el Centro RETOMAR de Valladolid acoge entre 40/45 personas. Los varones, en lugar de recibir la terapia prometida, son ocupados laboralmente en actividades que no respetan en modo alguno la normativa ni los convenios colectivos del sector, con la única finalidad del enriquecimiento personal del acusado.

En el año 2012, contactó con la mercantil "Plásticos Magonsa S.L.", al objeto de venderles los residuos de plástico que recogían los internos del Centro RETOMAR, y, como quiera que dichos residuos no estaban aptos para el reciclaje directo, se convino que, el Centro RETOMAR, desplazara internos convertidos en trabajadores hasta las instalaciones de la mercantil, para que llevaran a cabo la selección de los residuos, retirando el material impropio.

El acusado, desplazaba, en furgoneta, unas trece o catorce personas, internos en su centro, para trabajar en la mencionada mercantil, si bien únicamente tenía dados de alta en la Seguridad Social a media jornada, cuatro horas, a un porcentaje mínimo de trabajadores, para cubrir formalmente la apariencia de que respetaba la legalidad laboral. En realidad, la jornada laboral se extendía desde las 8:00 u 8:30 horas, hasta las 21:00 horas, descansando de 11:00 a 11:30 horas y de 14:00 a 16:00 horas para comer. A pesar de esta en contacto con material tóxico, los trabajadores no disponían de EPIS adecuadas ni existía en el centro RETOMAR Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

El centro RETOMAR, a través de dicha actividad, obtuvo importantes ingresos, habiendo declarado a la AEAT en 2012, la cantidad de 67.753,76 euros, en 2013 la cantidad de 182.408,67 euros, en 2014 la cantidad de 130.789,71 euros y en 2015 la cantidad de 921.288,06 euros, cantidades que no eran destinadas por el acusado ni a la remuneración del trabajo de los internos ni al pago de la Seguridad Social, ya que, en 2012 no tenía ningún trabajador dado de alta en la Seguridad Social, ni abonó salario alguno, en 2013 tenía 23 trabajadores dados de alta y cobrando salario, en 2014 tenía 18 trabajadores dados de alta y 17 cobrando salario y en 2015, solo tenía dados de alta 5 trabajadores y 18 cobraron salario.

El acusado facturaba directamente a Plásticos Magonsa S.L. en concepto de chatarra o residuos, pero en realidad, la mercantil le abonaba no sólo el material sino también las nóminas de los trabajadores, que no aparecían desglosadas en las factura abonadas por Plásticos Magonsa, de modo que, aunque los trabajadores, algunos, firmaban dichas nóminas, era el acusado quien recibía la cantidad que aparecía en las facturas y abonaba a algunos de los trabajadores, no todos, cantidades en concepto de salario, que no superaban los 500 euros, por menos horas de las realmente trabajadas, y exigiéndoles, como a los que recibían pensiones o subvenciones, el pago de su mantenimiento.

En 2015, el acusado decidió desvincular formalmente dicha actividad de la Asociación RETOMAR, al objeto de poder distraer los beneficios obtenidos a su propio patrimonio de una manera aparentemente legal, y para ello constituyo la mercantil "Rehabilitación, Restauración y Habilitación SLU", cuya titular era su esposa. La operativa fue la misma, de modo que, el acusado, desplazaba internos de su centro a trabajar a Plásticos Magonsa, y en el año 2015, dicha empresa obtuvo beneficios por 84.349,10 euros, teniendo dados de alta a 17 trabajadores en la Seguridad Social y realizando pago de salario a 12 trabajadores. Esta mercantil disponía de un Servicio de Prevención ajeno con "Prevenmont Servicio de Prevención S.L.", desde el día 24 de julio de 2.015, en la que figuraban EPIS, botas de seguridad con puntera de acero, guantes y mascarillas, que no les proporcionaban sino ocasionalmente, los guantes, a los trabajadores.

El 30 de agosto de 2016 funcionarios de la Guardia Civil, Unidad de la Policía Judicial, se personaron en las instalaciones de Plásticos Magonsa en Villamuriel, y encontraron allí trabajando a 13 personas, que habían acudido acudido a la empresa en un vehículo con anagramas del Centro RETOMAR, que fueron identificados, todos ellos internos de dicho centro, de los que únicamente cuatro estaban dados de alta en la Seguridad Social, algo que también pudieron comprobar funcionarios de la Inspección de Trabajo desplazados a dicha empresa. Se comprobó, así mismo, que los trabajadores no contaban con los EPIS adecuados a la labor que desempeñaban. Dicho día, igualmente, se practicó entrada y registro, debidamente autorizado, en la localidad de Mojados, y en el interior, se halló documentación perteneciente a los internos, junto a sus teléfonos, agendas con notificaciones de trabajos realizadas por los internos, número de horas y facturas, así como partes médicos de los mismo.

Además, en el vehículo utilizado para transportar a los trabajadores se halló documentación del Centro RETOMAR compuesta por talonarios de facturas giradas a Plásticos Magonsa por el Centro RETOMAR, compresivos de horas de trabajo, 10 horas que Magonsa pagaba a 5 euros la hora, y anotaciones de la recaudación diaria de las huchas con las que obligaban a los internos a ejercer la mendicidad, alegando que lo obtenido era para la lucha contra el SIDA.

En el Centro RETOMAR, no se realizó ninguna actividad terapéutica destinada a la rehabilitación de las personas internas en el mismo, salvo la denominada terapia ocupacional, auspiciada por el acusado en su propio beneficio.

En el registro efectuado en el domicilio de Mojados, de Centro RETOMAR, igualmente, se halló una importante cantidad de tabaco en hoja. El acusado, careciendo totalmente de autorización para las labores de tabaco, adquiría, a través de internet, cantidades mensuales importantes de tabaco en hoja, rondando los 200 Kg, sin superar ningún tipo de registro sanitario, y los internos del centro se ocupaban de procesarlo, mediante el desnervado y el picado, en bolsas de 10 Kg, que, o bien se vendían a los propios internos o bien se enviaban al Centro RETOMAR de Almería o a los familiares del acusado residentes en Sevilla.

Desde julio de 2.015 hasta agosto de 2.016, a través de la empresa "Tourline Express" se han realizado 70 envíos, con un peso total de 2.526,59 kg, valorados en 416.000 euros. En el registro llevado a cabo el día 30 de agosto de 2.016, se intervinieron 57 bolsas de tabaco picado con un peso de 1 kg cada una y 446 gramos, valorado en 9.280 euros, así como una picadora metálica.

Los delitos por los que ha sido condenado son contra los derechos de los trabajadores y contrabando, que suman ocho años de prisión, y una multa de medio millón de euros, según la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid tras el procedimiento abreviado procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de Medina del Campo.

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