Un virgitano se queda sin beca por 57,55 euros
domingo 02 de junio de 2019, 05:00h
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La Audiencia Nacional revisa su recurso y acaba haciéndole pagar también las costas del proceso
Por solo 57,55 euros, un virgitano se ha quedado sin beca para estudiar 3º de Grado de Bioquímica en la Universidad de Granada, y además tras recurrir por la vía administrativa y acabar el asunto ante la sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, se le condena a pagar las costas del proceso.
Según la sentencia consultada por Noticias de Almería, este joven de Berja, al recibir la negativa a darle la beca solicitada, interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución de 31 de mayo de 2018, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto frente a la resolución de 17 de abril de 2018 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.
En el informe de la Unidad de Becarios, previo a la resolución del recurso de reposición se indica que " la unidad familiar del solicitante obtuvo unos rendimientos de capital mobiliario de 1.757,55 euros por lo que supera el umbral. Alega el solicitante que de esos rendimientos de capital 1.756,63 euros corresponde a unos rendimientos por haberse dado de baja en una cooperativa agrícola a la que pertenecía. Alega igualmente que la interpretación hecha debe ser errónea y que los datos son incorrectos porque para el reconocimiento del derecho a Justicia Gratuita es requisito no disponer de patrimonio y esa ayuda la tiene concedida".
En su demanda, el recurrente expone que su padre percibió de una cooperativa agrícola una vez que se dio de baja la cantidad de 1756,63 euros que figura como rendimiento de capital mobiliario en el IRPF de 2016 si bien sobre esa cantidad se practicó una retención de 333,76 euros que minoraba el importe bruto, arrojando un rendimiento neto inferior a los 1700 euros. Esa cantidad junto con los rendimientos por trabajo en declaración conjunta del padre y de la madre, 909,52 euros son los únicos ingresos de la unidad familiar.
Este dato junto con el reconocimiento del beneficio de justicia gratuita para impugnar la ejecución hipotecaria que frente a la vivienda habitual se tramita en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº n1 de Berja (Almería) “revela el escaso valor del patrimonio familiar”.
La sentencia, tras recordar que la ley dice que “La suma de todos los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales perteneciente a los miembros computables de la familia no podrá superar 1.700 euros”, añade que “el rendimiento neto del capital mobiliario son 1756,63 euros como correctamente entiende la resolución impugnada”.
Se indica que “Cuestión distinta es que se hubiera acreditado la existencia de gastos deducibles que minorasen aquel rendimiento neto lo que no se ha demostrado. Por lo demás, es perfectamente compatible el reconocimiento del derecho a la justicia gratuita con la superación de los límites establecidos en concepto de umbral de patrimonio para el reconocimiento del derecho a beca pues se trata de magnitudes distintas que responden a finalidades diferentes”.
De este modo, poco más de 57 euros son lo que han impedido acceder a una beca a este vecino de Berja que estudia en Granada.